INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

Incentivos y Beneficios Fiscales a la Producción de Bienes Industriales

El Instituto Nacional de Tecnología Industrial —INTI— elaboró un informe acerca de los incentivos y beneficios fiscales a la producción de bienes industriales con el fin de generar un compendio de carácter abarcativo de todas aquellas medidas o instrumentos de naturaleza fiscal capaces de afectar la ecuación económica de las empresas productoras de bienes industriales, con un sesgo hacia aquéllas de índole exportadora.

INTRODUCCION

Este informe compila los instrumentos y programas ofrecidos por organismos públicos de orden nacional, que tengan por fin promover la producción de bienes industriales.

Las fuentes de información utilizadas son de carácter público y están disponibles en Internet, específicamente en las páginas oficiales de cada organismo competente en la gestión o ejecución de políticas de promoción industrial.

Para confeccionar el listado de beneficios e incentivos ofrecidos por el Estado, el proceso de búsqueda se acotó, en primera instancia, a aquellos programas destinados a la producción de bienes industriales, relegando los regímenes o programas orientados al sector agropecuario, al sector minero y aquellos de naturaleza especial, como ser el régimen automotor. Tampoco fueron incorporados aquellos programas para MicroPyMEs donde primaba, de modo casi excluyente, el fin social de los emprendimientos y su impacto sobre el desarrollo de indicadores sociales o regionales.

Debe destacarse que todos los programas descriptos tienen como beneficiarios a pequeñas y medianas empresas (PyMEs). El marco legal que regula y clasifica a una empresa como PyME comprende las siguientes normas: Ley N° 24.467: "Pequeña y Mediana Empresa", Ley N° 25.300: "Ley de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa", y sus modificatorias y reglamentarias, destacando especialmente la Resolución N° 24/2001. Toda la información legal puede ser consultada en: www.infoleg.gob.ar.

A su vez, se desechó toda aquella información que, por diferentes motivos, aludiera a incentivos que no se encuentran vigentes; con ese fin y para relevar sólo información útil, en aquellos programas cuya vigencia prevista caducó a fines del año 2007, se realizaron entrevistas o interconsultas, dependiendo de cada caso, con los responsables de las áreas de aplicación pertinentes.

El criterio de exposición de la información fue el de catalogarla en función de cuál es el organismo responsable de su instrumentación, y por ende, ante quien se debe gestionar la obtención de los beneficios, por entender que este precepto organizativo prima en su funcionalidad por sobre aquel que descansa en el tipo de mecanismo de promoción. Sin embargo, se adjunta como información adicional, qué tipo de mecanismo está implícito en los instrumentos de incentivos bajo estudio, ya sea créditos a tasa subsidiada, aportes no reembolsables, asistencia técnica o beneficios fiscales y/o impositivos.

Por último, se ha incorporado, a pesar de no ajustarse estrictamente a los patrones de trabajo previamente expuestos, información relacionada con instrumentos alternativos de financiamiento de empresas exportadoras y aquella relativa a factibles líneas de servicios bancarios confeccionados para PyMEs por parte de los principales bancos públicos. Resta mencionar que previo a la realización de este informe, ya había habido dos trabajos que buscaron compilar y ordenar de manera sistemática aquellos programas que capturaran los incentivos brindados por el sector público, el primero de ellos data del año 2004 y fue elaborado por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Area Comercio Exterior, dependiente del Ministerio de Economía, en tanto el segundo de ellos fue preparado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales, Programa de Apoyo al Comercio Exterior. Este trabajo fue concebido con la idea de abarcar un espectro más amplio que los informes mencionados, intitulados: "Instrumento de Apoyo a las Exportaciones", e "Incentivos para la exportación de bienes de capital 2007", buscando ser superador de los mismos, ya que no sólo recopila esta información, sino que también suma nueva y actualiza datos preexistentes.

Para más información consultar a: economiaindustrial@inti.gob.ar.

OBJETIVO

El presente informe tiene por fin ser un compendio de carácter abarcativo de todas aquellas medidas o instrumentos de naturaleza fiscal capaces de afectar la ecuación económica de las empresas productoras de bienes industriales, con un sesgo hacia aquéllas de índole exportadora.

Tipo de Incentivos y Beneficios Fiscales

- Vía sistema impositivo: exenciones y desgravaciones.

- Vía regímenes especiales de promoción industrial.

- Vía regímenes aduaneros: aranceles y reintegros.

- Vía subsidios o líneas de crédito subsidiadas para capacitar al personal.

- Vía asesoría técnica o legal.

- Vía generación de consorcios de exportación.

Por lo tanto:

• De existir, pueden regir tanto para los insumos utilizados en los procesos productivos o afectar directamente al bien final.

• Pueden incidir sobre la productividad de los factores productivos, mediante la capacitación del trabajo, o facilitando la incorporación de bienes de capital.

• Están elaborados y son implementados no sólo en el ámbito nacional, sino también en el ámbito provincial, inclusive municipal.

• Afectan la rentabilidad empresarial al permitir el acceso a los mercados internacionales.

RESUMEN DE INSTRUMENTOS Y PROGRAMAS DE APOYO A PYMES

1. MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

A. Secretaría de Industria y Comercio y PyMEs

B. Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

I. Financiamiento.

II. Capacitación y Asistencia Técnica.

III. Desarrollo Sectorial y Regional.

C. Subsecretaría de Política y Gestión Comercial

D. Subsecretaría de Industria

E. Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI)

F. Fuentes de Información

2. MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

A. Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

B. Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT)

C. Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR)

D. Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT)

3. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

4. ANEXO: ALTERNATIVAS DE FINANCIAMIENTO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS

5. INSTITUCIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS

A. Banco de la Nación Argentina

B. Banco de la Provincia de Buenos Aires

C. Banco Ciudad de Buenos Aires

D. Banco Credicoop Argentina

E. Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE)

F. Bolsa de Comercio de Buenos Aires (BCBA)

1. MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

El Ministerio de Economía y Producción, a través de la Secretaría de Industria y Comercio y PyMEs y sus respectivas subsecretarías: Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Subsecretaría de Política y Gestión Comercial y la Subsecretaría de Industria, junto con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); ofrecen programas que, dependiendo de la función básica de las Subsecretarías que los auspician y gestionan, auxilian desde necesidades de financiamiento y capacitación hasta instrumentos específicamente diseñados e implementados de manera conjunta con la AFIP, para incentivar la exportación de productos industriales, y la importación de bienes de capital no producidos en el país.

A. SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y PYMES

B. SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL (SSPyMEyDR)

I. FINANCIAMIENTO

Para aquellas empresas que necesitan financiamiento o garantías, la Subsecretaría PyME ofrece las siguientes alternativas:

- Programa de Bonificación de Tasas de Interés

- Financiamiento a la actividad productiva: FONAPYME

- Programa de Reestructuración Empresarial: PRE

- Programa Global de Crédito para MiPyMEs:

- Créditos en pesos

- Créditos en dólares

- Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR)

Programa de Bonificación de Tasas de Interés

Mecanismo de Incentivo: Crédito a Tasa Subsidiada.

El objetivo del Programa es facilitar el acceso de las PyMEs al crédito bancario mediante el otorgamiento de subsidios a la tasa de interés de los préstamos otorgados por los bancos que participan del Programa. El financiamiento podrá destinarse a:

• La Adquisición de Bienes de Capital Nuevos vía Préstamo o Leasing;

• La Constitución de Capital de Trabajo;

• La Prefinanciación y Financiación de Exportaciones de Bienes y Servicios;

• La Creación y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos;

• La Industrialización de Bienes y Servicios Desarrollados por Innovación Tecnológica; y

• Las Actividades de Investigación Científico-Tecnológicas, Modernización e Innovación Productiva.

La bonificación es diferencial por provincia y varía entre el 25 y el 50% u 8 puntos porcentuales de la tasa de interés (lo que resulte menor). Los parámetros de subsidios dependen del grado de desarrollo de cada región o provincia, ya que el presente programa prioriza a aquellas MiPyMEs localizadas en ámbitos geográficos con tasas de crecimiento de actividad económica y de empleo inferiores a la media nacional.

La SSPyMEyDR, como autoridad de aplicación del Régimen, está facultada para decidir sobre la modalidad y los montos de nuevas licitaciones y/o convenios.

Normas/Marco: Decreto N° 270/98.

Consultas:

0800-333-7963.

bonificaciondetasa@sePyME.gov.ar.

Av. Paseo Colón 189, 5° Piso, CP C1063ABN, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fondo Nacional para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPyME)

Mecanismo de Incentivo: Crédito a Tasa Subsidiada.

El Fondo Nacional de Desarrollo para la MiPyME (FONAPyME) fue creado por Ley N° 25.300 y constituido bajo la forma de Fideicomiso Financiero que tiene por objeto realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo.

El destino de los préstamos es Multisectorial, con el objeto de financiar inversiones en activos fijos nuevos y usados y capital de trabajo para proyectos, que estén orientados al mercado interno, con principal énfasis en la sustitución de importaciones, y que contemplen un alto impacto en el desarrollo regional, generación de empleo y valor agregado.

Los requerimientos difieren en función de los montos solicitados, la finalidad de la inversión y el tipo de empresas: nuevas, existentes (sociedades o unipersonales) y grupos asociativos. En tanto, la evaluación se lleva adelante en base a proyectos (no activos) en el marco de un concurso público. Los formularios son suministrados por el Programa y tienen instrucciones de llenado muy específicas, tratando de evitar errores de interpretación.

Para los préstamos otorgados la tasa de interés será anual y variable, equivalente al 50% de la Tasa de Cartera General del Banco de la Nación Argentina y utilizarán el sistema de amortización francés. Las cuotas se determinarán en períodos mensuales, bimestrales y trimestrales en función de las características del proyecto.

Aquellas empresas que cumplan siempre con todos y cada uno de los pagos de las cuotas de capital e intereses en tiempo y forma, tendrán una bonificación del 20% sobre los intereses. El monto resultante de la bonificación de cada cuota se acumulará, y se descontará de las últimas cuotas del préstamo. En caso de incumplimiento se pierde la bonificación, al tiempo que se aplicarán los recargos correspondientes.

Las Bases y Condiciones, Criterios de Selección y Formularios pueden encontrarse en la página web: www.sePyME.gov.ar y en las Agencias, donde pueden requerir asistencia para la formulación de los proyectos.

Normas/Marco: Ley N° 25.300, Título II, Capítulo I, Decreto Nº 1074/2001, Decreto Nº 1633/2002, Resolución SePyME Nº 280/2001, Resolución SePyME Nº 494/2002, Disp. SEPyME N° 105/2006, N° 106/2006 y N° 148/2006.

Consultas:

(011) 4349-5356 ó 4349-5386/5341.

agencias@sePyME.gov.ar.

Programa de Reestructuración Empresarial (PRE)

Mecanismo de Incentivo: Aportes no Reembolsables.

El objetivo del PRE es apoyar el fortalecimiento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas argentinas, facilitando el acceso a servicios profesionales de asistencia técnica y mejorando la oferta de dichos servicios. Para ello, el PRE beneficia a las empresas cofinanciando, mediante Aportes No Reembolsables (ANR), hasta el 50% de la inversión que las empresas realizan en contratación de servicios técnicos profesionales con el fin de mejorar su competitividad. Específicamente, el PRE financia: los honorarios de los prestadores de servicios de asistencia técnica inherentes a la ejecución de los proyectos; las adquisiciones de equipamiento, tanto los Hardware, como los Software necesarios, así como instrumentales para medición, ensayos y diagnóstico, más todos los gastos asociados a la asistencia técnica, como ser viáticos.

Normas/Marco: Préstamo BID 989/OC/AR; Decreto N° 227/97; Disp. N° 059/2005.

Consultas:

Av. Paseo Colón 189, Piso 1º, CP 1063, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Avda. Julio A. Roca 651, PB. (C1067ABB) Ciudad Autónoma de Bs. As.

preconsulta@sePyME.gov.ar.

Programa Global de Crédito para MiPyMEs

Mecanismo de Incentivo: Crédito a Tasa Subsidiada.

El Programa Global de Crédito se dirige a las micro, pequeñas y medianas empresas cuya facturación (sin incluir IVA ni impuestos internos) no supere los U$D 20 millones anuales (o su equivalente en pesos). Este Programa posee dos líneas de crédito, una en pesos y otra en dólares:

• Línea de Crédito en Pesos

La línea en pesos otorga financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas que deseen realizar proyectos de inversión, entre los que se incluye la adquisición de bienes de capital, compra o refacción de inmuebles y otras erogaciones no corrientes asociadas a dicho proyecto.

Los créditos de esta línea son en Pesos y a tasa fija máxima de 8,9% (TNA), considerando un plazo de 3 (tres) a 10 (diez) años.

El límite máximo de los créditos es de U$S 1 (un) millón para las micro y pequeñas empresas, y de U$S 3 (tres) millones para las medianas.

Consultas:

consultaPyMEs_global@sePyME.gov.ar.

• Línea de Crédito en Dólares

La línea en dólares comprende préstamos para capital de trabajo, prefinanciación y financiación de exportaciones y adquisición de bienes de capital.

El plazo máximo de devolución es de 12 (doce) meses, en el caso de financiación de capital de trabajo, y de 7 (siete) años con hasta 3 (tres) años de gracia para el pago del capital, para la adquisición de bienes de capital (a consideración de las Entidades Financieras).

Los créditos son en dólares y a tasa fija, siendo el límite máximo de los mismos de U$D 1 (un) millón para las micro y pequeñas empresas, y de U$D 3 (tres) millones para las medianas.

Consultas:

promiPyMEs@jus.gob.ar.

Actualmente, los bancos Credicoop Coop. Ltdo. y Macro-Bansud S.A. atienden consultas y solicitudes de crédito de las empresas interesadas en esta línea.

Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR)

Mecanismo de Incentivo: Facilidades Financieras y Asistencia Técnica.

Las Sociedades de Garantía Recíproca tienen por objeto otorgar garantías líquidas a sus socios partícipes (PyMEs) para mejorar sus condiciones de acceso al crédito (entendido éste como credibilidad para el cumplimiento de compromisos u obligaciones).

Esta actividad la pueden realizar a través de la emisión de avales financieros (préstamos), técnicos (cumplimiento de contratos) o mercantiles (ante proveedores o anticipo de clientes) y de cualesquiera de los permitidos por el derecho mediante la celebración de Contratos de Garantía Recíproca.

A su vez, las SGR pueden brindar a sus socios asesoramiento técnico, económico y financiero en forma directa o a través de terceros contratados a tal fin.

Los socios partícipes son las micro, pequeñas y medianas empresas consideradas de acuerdo a parámetros establecidos por la SSPyME y DR (Resol. N° 24/2001). Son los beneficiarios de los certificados de garantía emitidos por la SGR.

Los socios protectores son Personas Físicas o Jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que realizan aportes al Fondo de Riesgo para acompañar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y su entorno económico y social. Dichos aportes gozan de deducción impositiva.

Para respetar el acceso de todos los socios al financiamiento, no se podrá asignar a un mismo Socio Partícipe garantías superiores al 2,5% del valor total del fondo de riesgo (Com. "A" 2806 del BCRA).

Marco normativo de las SGR: Ley Nº 24.467 PyME, Título II, Ley Nº 25.300, Decreto Nº 1076/2001 y sus modificatorias y reglamentarias.

Consultas:

Sarmiento 663, Piso 3º de la Ciudad de Buenos Aires.

4012-2800.

info@garantizar.com.ar.

sgr@sePyME.gov.ar.

011-4349-5334/5345.

011-4349-5343.

II. CAPACITACION Y ASISTENCIA TECNICA

Para aquellas empresas que requieran Capacitación, la SEPYME cuenta con los siguientes instrumentos:

- Programa de Crédito Fiscal para Capacitación

- Apoyo a la Primera Exportación

- PROARGENTINA. Primer portal para las empresas PyMEs exportadoras

Programa de Crédito Fiscal para Capacitación

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

A través del Programa de Crédito Fiscal para Capacitación, los gastos que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas realicen en la capacitación de su personal les son reintegrados.

La capacitación debe realizase acorde a un Proyecto de Capacitación presentado y aprobado por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

Tendrán prioridad aquellos proyectos que tiendan a impulsar industrias estratégicas, o que estén localizados en regiones más pobres o aquellos proyectos cuyas empresas beneficiarias incrementaron la planta de personal en el año 2005 respecto al promedio sectorial al cual pertenece. De este modo se contempla la mayor necesidad de capacitación que genera la incorporación de nuevo personal a las empresas.

El reintegro consiste en la emisión y entrega de un Certificado de Crédito Fiscal endosable, el cual puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.).

Normas/Marco: Ley N° 22.317, Ley N° 24.624 artículo 27, Ley N° 25.300 Título VI, Ley N° 24.938 artículo 35, párrafo 2do., Decretos N° 819/1998, 434/1999, Disposiciones SSPyMEyDR Nros. 389/2004, 99/2006, 122/2006.

Contactos:

Av. Paseo Colón 189, 5° Piso–Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP 1063).

(011) 4349-5403/5360.

fiscal@sePyME.gov.ar.

Apoyo a la Primera Exportación

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica.

Esta herramienta tiene como objetivo incrementar la participación y competitividad de las PyMEs en el comercio exterior a través de soporte técnico, orientado a consolidar y profesionalizar el desarrollo de sus negocios internacionales.

La metodología del Programa se basa en la utilización de profesionales de comercio exterior, externos a las empresas, guiados por especialistas en los sectores elegidos, que desarrollen un diagnóstico de la PyME, elaboren un plan de negocios internacionales en conjunto con los niveles gerenciales y un manual de procedimientos que quede en poder de cada firma.

Contacto: primexpo@proargentina.gov.ar.

PROARGENTINA. Primer portal para las empresas PyMEs exportadoras

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica.

El portal pretende ser un instrumento de comunicación para las empresas PyMEs exportadoras, ya que cuenta con estudios de mercado, brinda capacitación a través de elearning, tiene base de datos de empresas proveedoras de servicios a la exportación, etc. A su vez, informa sobre, y convoca a eventos, misiones y ferias en la Argentina y en el exterior.

Consultas:

Av. Paseo Colón 189, 1° Piso–Buenos Aires (1063).

011 4349-5401/02.

proargentina@proargentina.gov.ar.

III. PROGRAMAS DE DESARROLLO SECTORIAL Y REGIONAL

- Complejos Productivos Regionales-Clusters

- Red de Agencias de Desarrollo Productivo

- Programa de Apoyo a la Industria del Software y Servicios Informáticos

- Programa Nacional de Desarrollo Emprendedor (PRONADEM) —programa piloto— Complejos Productivos Regionales-Clusters

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica y Aportes no Reembolsables.

El programa tiene como objetivo identificar clusters con alto potencial para el desarrollo regional, trabajar con los actores de cada bloque productivo, diseñar, implementar y modificar políticas para la constitución y el desarrollo de los bloques productivos, al tiempo que se consideran las necesidades de cada región y sector.

Los Beneficiarios de las diferentes líneas de asistencia de este Proyecto son los Grupos Asociativos constituidos por cinco o más Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Los Grupos Asociativos podrán acceder al programa mediante la presentación de la Guía para la Formulación de Planes de Trabajo, para la cual el Proyecto dispone de un Instructivo.

El Proyecto dispone de dos líneas de asistencia específicas, a saber:

• Coordinador del Grupo Asociativo

Esta línea brinda asistencia técnica, al ofrecer un subsidio para la contratación de un coordinador por tiempo determinado, quien tendrá como funciones centrales las de gerenciar los recursos canalizados hacia el Grupo Asociativo, garantizar el cumplimiento efectivo de un Plan de Trabajo y ser el nexo con la Unidad Ejecutora del Proyecto.

• Aportes no Reembolsables

Esta línea está destinada a cofinanciar actividades puntuales del Plan de Trabajo presentado por aquellos grupos que accedieron a la línea del Coordinador.

Consultas:

(011) 4349-3371.

complejosproductivos@sePyME.gov.ar.

Julio A. Roca 651, 5to. Piso, Oficina 6.

Red de Agencias de Desarrollo Productivo

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica.

La Red de Agencias de Desarrollo está conformada por más de 70 agencias distribuidas en todo el país que constituyen instituciones sin fines de lucro cuyo financiamiento se basa en la cooperación institucional, la asociación entre el sector público y privado, y el cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y los municipios.

La Agencia de Desarrollo Productivo fue creada con el fin de brindar los siguientes servicios:

• Desarrollo de oportunidades de negocios en mercados nacionales e internacionales.

• Asistencia financiera a empresas y a emprendedores.

• Capacitación y Asistencia Técnica.

• Participación en misiones comerciales, eventos y ferias regionales, nacionales e internacionales, entre otros.

• Fortalecimiento de sistemas productivos locales.

Normas/Marco: Ley N° 24.467, Ley N° 25.300, Decreto Nº 1633/2002, Disposición SSPyMEyDR Nros. 325/2004 (Convenios tipo), 161/2005 (Addenda al Convenio tipo), 114/2006 (Reglamento para la instalación y puesta en marcha de la Red de Agencias).

Consultas:

Paseo Colón 189, 6º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

(011) 4349-5351.

redagencias@sePyME.gov.ar.

Programa de Apoyo a la Industria del Software y Servicios Informáticos

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica y Créditos a Tasa Subsidiada.

La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, desarrolló el programa de apoyo sectorial para la industria del Software y Servicios Informáticos (SSI). Su objetivo consiste en ofrecer al sector un conjunto de instrumentos para:

• Mejorar los estándares de calidad dentro de la industria;

• Apoyar acciones de capacitación y asistencia técnica a las empresas;

• Estimular la presencia regional del sector a través del apoyo a complejos productivos (clusters) en el interior del país;

• Promover la industria de SSI argentina en el exterior;

• Estimular la inversión y la creación de nuevas empresas;

• Facilitar el acceso al financiamiento; y

• Fortalecer la demanda de SSI a través del apoyo al segmento MIPyME para la incorporación de TICs a la producción. Cuenta con los siguientes los instrumentos:

• Certificación de normas de calidad y asistencia técnica;

• Capacitación de los recursos humanos;

• Formación y desarrollo de clusters de TICs en diferentes regiones del país;

• Promoción de exportaciones TICs;

• Apoyo a la creación de empresas; y

• Financiamiento.

Normas/Marco: Ley N° 25.922; Ley N° 25.856.

Consultas:

0800-333-7963.

desarrolloPyME@sePyME.gov.ar.

Programa Nacional de Desarrollo Emprendedor (PRONADEM) —programa piloto—

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica, Aportes no Renovables y Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

El Programa Nacional de Desarrollo Emprendedor (PRONADEM) está orientado a promover el nacimiento y desarrollo de nuevas empresas dinámicas que contribuyan a la diversificación y fortalecimiento de las bases competitivas de la economía, a la canalización del talento de los argentinos y a la generación de puestos de trabajo productivos.

El Programa funcionará de manera descentralizada, a través de instituciones ubicadas en todo el territorio nacional. En esa dirección, el programa realizará convocatorias periódicas para seleccionar y acreditar a las instituciones de apoyo a emprendedores y a empresas jóvenes para que formen parte de su red territorial, la que se denominará Red Nacer.

Instrumentos de Capacitación

Las instituciones que formen parte de la Red Nacer podrán:

• Solicitar financiamiento no reembolsable para desarrollar Planes de Acción Integrales (PAIs) de mejora y escalamiento de servicios a emprendedores y empresas jóvenes; y/o,

• Proveer, a los emprendedores y empresas jóvenes, Servicios de Acceso y Acompañamiento a Instrumentos Financieros (SAF).

Instrumentos Financieros

El Programa y la SSPyMEyDR están trabajando en el diseño de tres instrumentos específicos adicionales:

• Una línea de aportes no reembolsables para cubrir necesidades de asistencia técnica especializada y/o gastos e inversiones para la puesta en marcha de los emprendimientos.

• Una línea de créditos para emprendedores y empresas jóvenes, en el marco del FONAPYME.

• Una línea de subsidios, créditos blandos y aportes de capital, proporcionados por empresas madrinas, en el marco del Programa de Apoyo Financiero al Empresariado Joven creado por la Ley Nº 25.872 (en proceso de reglamentación).

Consultas:

demprendedor@sePyME.gov.ar.

4349-5383/5370.

B. SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

- Reintegros a la Exportación.

- Régimen de Admisión Temporaria.

- Régimen de Draw-Back.

- Sistema Generalizado de Preferencias.

- Régimen de Exportación de Plantas Llave en Mano.

- Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión".

- Régimen de Importación de "Líneas de Producción Usadas".

- Régimen de Financiamento del IVA a la compra o importación de Bienes de Capital.

Reintegros a la Exportación.

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

El Régimen consiste en la devolución total o parcial de los tributos interiores que se hubieran pagado en las distintas etapas de producción y comercialización de las mercaderías a exportar manufacturadas en el país, nuevas y sin uso.

Normas/Marco: Decreto Nº 1011/91, Decreto Nº 2275/94, Decreto N° 690/02.

Régimen de Admisión Temporaria

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Consiste en la importación de insumos o materiales, libres de aranceles y demás tributos, que vayan a ser utilizados en elaboración de productos destinados a la exportación.

Se pueden importar las mercaderías que, después de un proceso de transformación, pasen a integrar parte de un nuevo producto a ser exportado a otro país. También se incluyen los envases y embalajes que se exporten con las respectivas mercaderías.

Normas/Marco: Decreto N° 1330/2004.

Régimen de Draw-Back

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Es un incentivo promocional que permite a los exportadores obtener la restitución de los derechos de importación, tasa de estadística y el Impuesto al Valor Agregado que han oblado por los insumos importados, luego utilizados en la elaboración del producto exportable y de sus envases y/o acondicionamientos de otra mercadería que se exportare.

Normas/Marco: Decreto N° 1012/91; Decreto Nº 2182/91; Decreto 313/2000.

Sistema Generalizado de Preferencias

Mecanismo de Incentivo: Reducción de derechos de importación por parte de terceros países.

Este Sistema consiste en el otorgamiento por parte de 37 países desarrollados de una reducción o eliminación total de derechos de importación, de determinados productos exportados desde países en vías de desarrollo. El objetivo es incrementar las corrientes comerciales entre países en desarrollo a partir del otorgamiento de Preferencias Arancelarias y de reducción de las restricciones no tarifarias que pudieran existir entre las naciones participantes.

Régimen de Exportación de Plantas Llave en Mano

Mecanismo de Incentivo: Aportes no Reembolsables.

Es un reembolso específico que se otorga a la venta al exterior de plantas industriales completas u obras de ingeniería de forma tal que el mismo alcanza no sólo a los bienes sino también a los servicios. El objetivo es favorecer las exportaciones de bienes y servicios de origen nacional.

Normas/Marco: Ley N° 23.101 -Art. 14- Dto. N° 870, B.O. 7/10/03, Res S.I.C.PyME N° 12 del 15/01/04, Res SIC. PyME Nº 335/04.

Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Grandes Proyectos de Inversión"

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Busca alentar las inversiones con el propósito de aumentar la competitividad de los productos industrializados para las empresas que realicen ampliaciones de la capacidad productiva de sus plantas, y a aquellas empresas que presenten proyectos destinados a la preservación del medio ambiente. Los bienes importados pertenecientes a los proyectos amparados por la normativa legal pagan 0% de Derechos de Importación.

Normas/Marco: Resolución M.E. N° 256/2000.

Régimen de Importación de "Líneas de Producción Usadas"

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Es un incentivo promocional por tiempo determinado, dirigido a alentar las inversiones con el fin de aumentar la competitividad de los productos industrializados y generar nuevos puestos de trabajo.

Para tal fin, se otorga una reducción de los Derechos de importación y la exención del pago de la tasa de comprobación de destino y de la tasa de estadística para todos los bienes usados que formen parte de líneas completas y autónomas y que integren los proyectos amparados por la Normativa Legal.

Normas/Marco: Resolución M.E. N° 511/2000.

Régimen de Financiamento del IVA a la compra o importación de Bienes de Capital

Mecanismo de Incentivo: Créditos a Tasa Subsidiada.

Es un régimen por medio del cual el Estado toma a su cargo los intereses de financiación de créditos que los beneficiarios soliciten a entidades bancarias para recuperar el Impuesto al Valor Agregado pagado por compras e importaciones de bienes de capital nuevos siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

El objetivo es favorecer la compra o importación de bienes de capital que fortalezcan el perfil exportador del país a través de disminuir la carga financiera asociada con su adquisición.

El mismo criterio se adecua a las inversiones en obras de infraestructura física necesaria para encarar nuevos proyectos vinculados a la actividad minera.

Normas/Marco: Ley N° 24.402.

Consultas:

exporta@jus.gob.ar.

Julio Roca 651, Piso 6°, Sector 15, Ciudad Autónoma de Bs. As.

4349-3867/3863/3858.

C. SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

- Compre nacional-contrate nacional

- Plan nacional de diseño

- Ley de Promoción de Inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura (Ley N° 25.924)—LPI—

- Régimen de incentivos para la producción de bienes de capital (Decreto N° 379/01)

- Saldo técnico del IVA (para bienes de capital, informática y telecomunicaciones)

- Régimen de promoción de la industria del software (Ley N° 25.922)

Compre nacional-contrate nacional

Mecanismo de Incentivo: Aportes no Reembolsables.

El Régimen obliga a la Administración Pública Nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, a las empresas del Estado y a las empresas concesionarias de servicios públicos a preferir en sus compras y contrataciones la adquisición y locación de bienes de origen nacional y la contratación de obras y servicios con proveedores locales.

La aplicación se hace automáticamente en todas las licitaciones del Estado Nacional y las empresas proveedoras de servicios públicos, en cualquier lugar donde éstas se efectúen. Los proveedores de bienes de origen nacional gozan, en las contrataciones realizadas por los sujetos enumerados precedentemente, de una preferencia del 7% en caso de que la oferta la realice una PyME o del 5% si la oferta la realiza otro tipo de empresa.

Consultas:

Av. Julio Argentino Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP: 1067

Plan nacional de diseño

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica.

El Plan nacional de diseño tiene por objeto destacar al diseño como un nuevo factor clave de la competitividad industrial, y sensibilizar a los empresarios respecto a las ventajas de la incorporación de la gestión del diseño, en la política de calidad de las empresas.

Consultas:

011 43493574

011 43493575 int.

Julio Argentino Roca 651, 5° piso, sector 17 (C1067ABB) Capital Federal.

Ley de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura (Ley N° 25.924)—LPI—

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

El Régimen de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura ha sido instituido mediante la Ley N° 25.924 como un régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos —excepto automóviles—, que revistan la calidad de bienes muebles amortizables en el impuesto a las ganancias, destinados a la actividad industrial, así como también para las obras de infraestructura, excluidas las obras civiles.

Los sujetos que resulten alcanzados por el régimen podrán obtener la devolución anticipada del impuesto al valor agregado correspondiente a los bienes elegibles incluidos en el proyecto de inversión propuesto o, alternativamente, practicar en el impuesto a las ganancias la amortización acelerada de los mismos, no pudiendo acceder a los dos tratamientos por un mismo proyecto.

Normas/Marco: Ley N° 25.924 - Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y de Obras de Infraestructura (B.O. 06/09/2004), Decreto P.E.N. Nº 1152/2004 – Reglamentación de la Ley N° 25.924 (B.O. 06/09/2004), Decreto N° 2007/2004 - Adecuación de los cupos fiscales anuales - (B.O. 06/01/2005) y sus normas modificatorias.

Consultas:

Av. Julio Argentino Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP: 1067.

Régimen de incentivos para la producción de bienes de capital (Decreto N° 379/01).

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

El presente régimen tiene por objeto promover la fabricación nacional de bienes de capital, informática y telecomunicaciones y de los bienes que formen parte de líneas de producción completas y autónomas que sean fabricados por productores locales y que se encontraren afectados a nuevas plantas industriales o ampliación y/o modernización de plantas ya existentes.

Específicamente, el beneficio consiste en la percepción de un bono fiscal para ser aplicado al pago de impuestos nacionales, por un valor equivalente al catorce por ciento (14%) del importe resultante de detraer del precio de venta el valor de los insumos, partes o componentes de origen importado incorporados al bien, que hubieren sido nacionalizados con un derecho de importación del cero por ciento (0%).

Normas/Marco: Decreto N° 379/2001, Decreto N° 502/2001, Resolución N° 08/2001, Resolución N° 101/2001, Decreto N° 660/2000, Decreto N° 1347/2001, Decreto N° 1560/2001, Decreto N° 1554/2001, Decreto N° 690/2002, Resolución N° 11/2002, Resolución N° 117/2003, Resolución N° 91/2006, Resolución SICyPyME Nº 542/2006, Resolución SICyPyME N° 76/2007.

Consultas:

Av. Julio Argentino Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP: 1067.

Saldo técnico del IVA (para bienes de capital, informática y telecomunicaciones)

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Los saldos técnicos acumulados por los fabricantes locales originados por la diferencia entre la alícuota del 10.5% (Decreto Nª 493/2001) y la aplicada a la compra de insumos, partes y piezas destinadas a la fabricación de los bienes de capital al 21% y al 27%, reciben un tratamiento similar al aplicable a los exportadores. Para recibir ese tratamiento, los beneficiarios deben inscribirse en el Registro de Fabricantes de bienes de capital creado por la Resolución Nª 72/2001 de la Secretaría de Industria, informando el "costo límite" correspondiente a cada producto vendido.

Normas/Marco: Decreto N° 493/2001, Decreto N° 733/2001, Resolución N° 72/2001, Decreto N° 496/2001, Resolución N° 188/2004, Resolución N° 148/2005.

Consultas:

Av. Julio Argentino Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Código postal: 1067.

Hipólito Yrigoyen 370.

011-4347-2000/9300.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Régimen de promoción de la industria del software (Ley N° 25.922)

Mecanismo de Incentivo: Beneficios Impositivos y/o Fiscales.

Las actividades comprendidas en el régimen establecido por la Ley son: la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta a punto de los sistemas de software desarrollados y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicativo, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores utilizados en bienes de diversa índole, tales como consolas, centrales telefónicas, telefonía celular, máquinas y otros dispositivos.

Queda excluida del régimen establecido en la presente Ley la actividad de autodesarrollo de software.

Los sujetos que adhieran a este régimen gozarán de estabilidad fiscal por el término de diez (10) años contados a partir del momento de la entrada en vigencia de la presente Ley. La estabilidad fiscal alcanza a todos los tributos nacionales, entendiéndose por tales los impuestos directos, tasas y contribuciones impositivas que tengan como sujetos pasivos a los beneficiarios inscriptos. La estabilidad fiscal significa que los sujetos que desarrollen actividades de producción de software no podrán ver incrementada su carga tributaria total nacional al momento de la incorporación de la empresa al presente marco normativo general.

Normas/Marco: Resolución N° 61/2005, Ley N° 25.922, Decreto N° 1594/2004.

Consultas:

consultas@industria.gov.ar.

Av. Julio Argentino Roca 651, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CP: 1067.

D. INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI)

El INTI es:

• Prestador de servicio público de generación y transferencia de tecnología industrial, de apropiación colectiva.

• Responsable técnico en la aplicación de las regulaciones oficiales de calidad o identidad de productos en la industria.

• Asistente público para la competitividad de empresas industriales o de servicios industriales y de los sectores que las agrupan, en todo el país.

• Responsable tecnológico público de procurar la integración al tejido productivo de toda la comunidad, en todo el país, en los aspectos industriales y vinculados.

Entre sus servicios se destacan:

•Alerta Exportador: www.inti.gov.ar/alertaexportador.

• Ensayos, Análisis y Calibraciones.

• Desarrollos Tecnológicos y Asistencia Técnica.

• Certificaciones de Calidad.

• Capacitación.

Mecanismo de Incentivo:

•Asistencia Técnica.

Consultas:

Av. General Paz 5445, entre Albarellos y Constituyentes, San Martín, Prov. de Bs. As.

4724-6200 int. 6203 ó 0800-444-4004.

comercial@inti.gov.ar o consultas@inti.gov.ar.

www.inti.gov.ar.

E. FUENTES DE INFORMACION

Ministerio de Economía y Producción.

Secretaría de Política Económica.

Subsecretaría de Coordinación Económica.

Instrumentos para el Desarrollo Productivo: Base de Datos de Instrumentos para el Desarrollo Productivo: www.consejoproduccion.gov.ar/instrumentos que permite buscar fácilmente toda la información relevante de los instrumentos nacionales y provinciales que benefician a la actividad productiva.

Ministerio de Economía y Producción.

Centro de Documentación e Información.

Base de datos on-line sobre legislación referenciada respecto de sus modificaciones, reglamentaciones y/o normas complementarias: www.infoleg.gob.ar.

Específicamente, la base cuenta con los siguientes recursos:

- Registro Oficial.

- Boletín Oficial.

- Anales de Legislación Argentina.

- Leyes Nacionales.

- Trámites y debates parlamentarios.

- Publicaciones electrónicas especializadas en distintas áreas.

- Legislación fiscal nacional y extranjera.

- Medio ambiente.

- Legislación MERCOSUR.

- Bases de datos on-line nacionales y extranjeras.

A continuación se mencionan sus principales funciones:

- Efectuar el servicio de apoyo documental y de información legislativa destinados a satisfacer las necesidades del Servicio Jurídico, de los asesores y de las demás dependencias del Ministerio, así como también del público en general.

- Realizar la búsqueda y compilación de las leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones, conforme a las publicaciones oficiales, manteniendo actualizada la base de datos, así como también, cuando se le requiera, de las normas positivas de antecedentes jurisprudenciales y doctrinarios que correspondan.

2. MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, vía la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través de sus dos Fondos (FONCyT y FONTAR), financia el desarrollo de investigaciones científicas, innovaciones y modernizaciones tecnológicas de empresas, científicos e institutos de investigación de todo el país. A su vez, administra al FONSOFT, fondo fiduciario creado a partir de la sanción de la Ley de Promoción de la Industria del Software.

A. AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

B. FONDO PARA LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA (FONCYT)

El FONCyT tiene como misión apoyar proyectos y actividades cuya finalidad es la generación de nuevos conocimientos científicos y tecnológicos —tanto en temáticas básicas como aplicadas— desarrollados por investigadores pertenecientes a instituciones públicas y privadas sin fines de lucro radicadas en el país.

Para la financiación de los proyectos se adjudican subsidios (aportes no reintegrables) por medio de convocatorias públicas. Las propuestas presentadas se evalúan siguiendo procedimientos transparentes para determinar la calidad y la pertinencia de los proyectos.

Consultas:

Avda. Córdoba 831 Piso 6 (C1054AAH) Ciudad de Buenos Aires.

(011) 4312-2666 / 4311-5391/5690 / 4315-3684 /4313-3177.

0-800-555-0536Fax: int. 627.

foncyt@agencia.secyt.gov.ar.

C. FONDO TECNOLOGICO ARGENTINO (FONTAR)

El Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) administra recursos de distinto origen, tanto públicos como privados, financiando proyectos de innovación a través de distintos instrumentos, que se implementan por medio del proceso de Convocatorias Públicas o Ventanilla Permanente, con el fin de mejorar la productividad del sector privado a partir de la innovación tecnológica.

Proyectos financiados por el FONTAR:

• Desarrollo Tecnológico.

• Modernización Tecnológica.

• Gastos de Patentamiento Servicios Tecnológicos para Instituciones.

• Servicios Tecnológicos para PyMEs.

• Capacitación.

• Asistencia Técnica.

• Programa de Consejerías Tecnológicas Incubadoras de Empresas, Parques y Polos Tecnológicos.

Convocatorias Públicas: Se fija una fecha límite para la presentación de los proyectos ante el FONTAR que se establece en las bases de las convocatorias.

- Proyectos Integrados de Aglomerados Productivos (PI-TEC)

Los PI-TEC constituyen una línea de financiamiento que permite integrar coordinadamente distintos instrumentos de promoción tanto del FONTAR como del FONCyT, con el fin de financiar actividades de investigación, desarrollo e innovación, en las que intervengan grupos de empresas, centros de investigación y formación superior vinculados a un Aglomerado Productivo (AP).

Beneficiarios: La solicitud de financiamiento deber ser presentada por una Asociación Ad-Hoc (AAH) implementada bajo la formalidad de instrumento público. La misma puede estar integrada por Empresas productivas, Asociaciones de Empresas, Instituciones de I+D, Centros Tecnológicos, Cámaras Empresarias, Gobiernos Locales.

- Aportes No Reembolsables (ANR)

Los ANR están destinados a cofinanciar proyectos de innovación tecnológica realizados por micro, pequeñas y medianas empresas a través de subvenciones que cubren un porcentaje del costo del proyecto. La empresa beneficiaria deberá aportar el porcentaje restante.

Tipos de ANR:

• ANR 600-Desarrollo Tecnológico (PDT)

• ANR Proyectos Creación de Laboratorios I+D en empresas

• ANR Programas de Consejerías Tecnológicas (PCT)

• ANR Producción más Limpia

• Tipo de financiamiento: Subsidio.

Beneficiarios: PyMEs, excepto ANR Proyectos de Creación de Laboratorios I+D que está destinado a empresas con una facturación anual no superior al equivalente en pesos de u$s 30.000.000.

- Programa de Crédito Fiscal

Esta subvención se pone en práctica a través de la adjudicación de Certificados de Crédito Fiscal que pueden descontarse del Impuesto a las Ganancias. El monto del apoyo no podrá exceder el 50% del presupuesto total del proyecto.

Tipo de financiamiento: subvenciones en certificados de crédito fiscal.

Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares de empresas productoras de bienes y servicios.

Tipos de Proyectos: proyectos de Modernización Tecnológica, Investigación Científica, Investigación Tecnológica Precompetitiva, Adaptaciones y Mejoras.

- Créditos Regionales

El principal objetivo es apoyar el desarrollo tecnológico en determinadas zonas del país. Los montos asignados para cada región son determinados en cada convocatoria.

Tipo de financiamiento: Créditos.

Beneficiarios: a determinar por convocatoria.

Por Ventanilla Permanente: Los proyectos a financiar no tienen establecida una fecha límite, por lo tanto es posible su presentación ante el FONTAR sin plazos determinados.

- ANR PATENTES

Los Aportes No Reembolsables (ANR) PATENTES son subvenciones no reintegrables destinadas a financiar los costos que demanden la preparación y presentación de solicitudes de patentes de invención, tanto en el país como en el exterior.

Beneficiarios: Empresas PyMEs (Según Disp. SePyME Nº 147/2006) e Instituciones Científicas Públicas y/o Privadas sin fines de lucro.

Tipo de financiamiento: Subsidio

- Créditos a Empresas (CAE)

Las líneas de créditos "CAE" se otorgan en varias modalidades con el objetivo de consolidar los procesos de modernización tecnológica de empresas de las distintas ramas productivas. Financian hasta el 80% de los gastos elegibles con un monto máximo de hasta el equivalente en pesos a u$s 1.000.000.

Beneficiarios: Empresas del sector primario y manufacturero que se orienten a lograr una modernización tecnológica de productos y procesos.

CAE I: Destinados especialmente al financiamiento de proyectos con alto contenido en bienes de capital.

CAE II: Destinados al financiamiento de proyectos con una mayor proporción de intangibles.

- Aportes Reintegrables a Instituciones (ARAI)

Los ARAI están destinados a instituciones públicas y privadas sin fines de lucro que presten servicios tecnológicos al sector productivo. El financiamiento consiste en un crédito de devolución obligatoria.

Beneficiarios: Instituciones públicas o privadas que presten servicios tecnológicos al sector productivo privado.

Tipo de financiamiento: Créditos.

Tipo de proyectos: Desarrollo de servicios tecnológicos al sector privado; innovación tecnológica de productos o procesos; innovación tecnológica de adaptación o integración; concreción de desarrollos tecnológicos con el objeto de lograr valorizar productos de las instituciones para su posterior transferencia al sector productivo; desarrollo y/o incorporación de sistemas de calidad y acreditación de productos y servicios ante Organismos Públicos de regulación; adaptación, transferencia y/o asimilación de tecnologías destinadas a la prestación de servicios tecnológicos; y capacitación de los recursos humanos participantes en el proyecto.

- Créditos para proyectos de modernización

Esta línea de créditos de reintegro obligatorio con interés, están destinados al financiamiento de proyectos de modernización tecnológica.

Beneficiarios: PyMEs según lo establecido por la Disposición SEPyME Nª 147/2006.

Tipo de financiamiento: Créditos

Tipos de proyectos: Financian proyectos que tengan por objetivo realizar adaptaciones y mejoras, desarrollos tendientes a adecuar tecnologías y a introducir perfeccionamiento de productos y procesos con bajo nivel de riesgo técnico.

Consultas:

Avda. Córdoba 831, Piso 5 (C1054AAH), Ciudad de Buenos Aires.

(011) 4311-5690/5391 4312-3142/6122/4726 4313-1962. Fax: int. 530.

fontar@agencia.secyt.gov.ar.

D. Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT)

El FONSOFT es el fondo fiduciario creado en el 2004, a partir de la sanción de la Ley de Promoción de la Industria del Software (Ley N° 25.922).

El FONSOFT financia:

• Proyectos de investigación y desarrollo relacionados a las actividades comprendidas en el régimen de promoción (creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta a punto de los sistemas de software).

• Programas de nivel terciario o superior para la capacitación de recursos humanos.

• Programas para la mejora en la calidad de los procesos de creación, diseño, desarrollo y producción de software.

• Programas de asistencia para la constitución de nuevos emprendimientos.

Los mecanismos a través de los cuales se brinda asistencia son:

• Ventanilla Permanente FONSOFT.

• Créditos Exporta: consiste en créditos para la iniciación o consolidación en la actividad exportadora de empresas PyMEs productoras de software.

Convocatorias FONSOFT

ANR FONSOFT 2008

Llamado a la presentación de Proyectos en las categorías: (I) Certificación de Calidad, (II) Desarrollo de nuevos productos y procesos de software, y (III) Investigación y Desarrollo precompetitivo de productos y procesos de software, destinados al fortalecimiento de la industria del software, para su financiamiento parcial a través de Aportes No Reembolsables (ANR), destinados a empresas PyMEs dedicadas a la producción de software.

3. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, vía su Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales, en conjunto con la Fundación Exportar, busca agilizar el acceso de las PyMEs a los mercados internacionales, facilitando su interacción mediante las representaciones argentinas en el exterior.

A. SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

Portal de Negocios de la Cancillería TRADE NET

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica.

El Portal es una herramienta informática que permite que el sector exportador tenga un ágil acceso a información calificada y actualizada sobre los mercados externos, a la vez que facilita su interacción por medio de las representaciones argentinas en el exterior.

Programas Integrados de Promoción Comercial y Desarrollo de Mercados Externos

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica. Fomento de las actividades vinculadas con el comercio exterior.

Se trata de un conjunto de más de 400 actividades de características diversas, que van desde la organización de misiones comerciales multisectoriales, seminarios, misiones sectoriales, semanas argentinas, misiones inversas, hasta la participación en ferias internacionales y eventos de promoción de distinta índole.

Consultas:

Arenales 761, 3er Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4310-8228.

pdcex@mrecic.gov.ar.

Fundación Exportar

A través de Export.Ar las empresas argentinas pueden obtener:

• Información sobre los mercados externos.

• Asistencia en la organización de viajes de negocios.

• Organización de la participación de empresas argentinas en ferias internacionales.

• Seminarios sobre mercados de exportación de una variada gama de productos.

En tanto, a través de Export.Ar las empresas extranjeras pueden obtener:

• Acceso a proveedores de productos y servicios de la Argentina.

• Información concerniente a las leyes vigentes, aplicación de aranceles y normas de comercialización.

• Información de la situación macroeconómica del país, sectores industriales, estadísticas, etc.

Mecanismo de Incentivo: Asistencia Técnica y Aportes no Reembolsables.

Consultas:

www.exportar.org.ar.

4. ANEXO: ALTERNATIVAS DE FINANCIAMIENTO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS

Factoring

El Factoring es un contrato celebrado entre una empresa y una entidad financiera o bien una sociedad de factoring, por el cual la primera transfiere a la segunda créditos a cobrar originados por su actividad comercial o de servicios (ej.: facturación de la PyME, cheques posdatados, pagarés, etc.), con la finalidad de obtener recursos líquidos. De este modo el financiamiento se logra a través de la compra de los créditos o documentos seleccionados por la entidad financiera, situación que difiere con el descuento de documentos, lo que hace que se trate de una modalidad de financiación muy conveniente.

Marco Legal: La cesión o venta de créditos, regulada por el Código Civil o por la Ley Cambiaria, constituyen la base normativa de este tipo de operaciones, conforme sea la forma de instrumentación del crédito negociado (contrato o documento negociable).

La Ley N° 21.526 permite realizar operaciones de factoring a: Bancos Comerciales y a Compañías Financieras.

Su regulación se sustenta en el Art. 1197 del Código Civil.

La Ley N° 24.452 (cheque de pago diferido) y la Ley N° 24.760 (factura de crédito) regulan dos tipos de crédito idóneos para desarrollar el factoring.

Fideicomisos

El fideicomiso implica la transferencia de un dominio a una tercera persona sólo a título de confianza (fiducia) porque se entiende que esta persona cumplirá el encargo encomendado por quien le transmite la propiedad.

Puede definirse al contrato de fideicomiso como el negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada "fiduciante" transfiere, a título de confianza, a otra persona denominada "fiduciario" uno o más bienes (que pasan a formar el patrimonio fideicomitido) para que al vencimiento de un plazo o al cumplimiento de una condición, éste transmita la finalidad o el resultado establecido por el primero, a su favor o a favor de un tercero llamado "beneficiario o fideicomisario".

Régimen legal aplicable: Ley N° 24.441/94, en sus artículos 19 a 24, regula específicamente el Fideicomiso Financiero. También se integra con las normas emitidas por el Banco Central de la República Argentina como organismo de superintendencia de las entidades financieras intervinientes (en este caso el fiduciante puede ser una entidad financiera, pero el fiduciario debe ser una entidad financiera). Debe agregarse las resoluciones que dicte la Comisión Nacional de Valores en su carácter de autoridad de aplicación conforme a la Ley N° 24.441.

Convenio de Recompra (Buy Back)

Se trata de un convenio que implica la venta de mercaderías, tecnología, equipamiento o plantas completas, por parte de una empresa (exportador principal) a un comprador, y la obligación de recompra por parte de dicho exportador principal de productos resultantes de la planta, el equipamiento o la tecnología suministrada al comprador.

Forfaiting

Es un término utilizado para indicar la venta de obligaciones con vencimiento futuro, originadas por exportaciones de mercaderías y servicios. Es una cesión de derechos del exportador a una compañía compradora (entidad financiera o banco). El vendedor endosa la obligación incluyendo las palabras "sin recurso", con lo cual queda protegido contra cualquier reclamo por falta de pago.

Leasing

El Leasing es un préstamo que en lugar de estar representado por dinero, lo está por un bien donde el propietario transfiere el uso y goce al tomador en el momento de su entrega, y por esa transferencia el titular recibe un precio que es el canon y otorga al tomador (solicitante) una opción de compra al final de pago del canon, por un valor residual que fijan las partes como un porcentaje del costo del bien.

Régimen Normativo: Ley N° 25.248/00 (B.O. 14-07-00).

Warrants

Es un instrumento financiero de corto plazo. Consiste en el otorgamiento de un crédito que es garantizado con un stock de mercaderías, las cuales quedan depositadas en custodia.

La operatoria consiste en que una empresa propietaria de stocks de bienes y productos fungibles (agrícolas, ganaderos, forestales, mineros o manufacturas nacionales o importadas en plaza y con destino definitivo), pueda obtener asistencia crediticia procediendo a depositar los mismos en empresas de depósitos debidamente autorizadas para tal actividad.

Estos depositarios emiten dos tipos de documentos negociables, a saber:

• El "certificado de depósito", que otorga a su tenedor el reconocimiento de la propiedad de los bienes depositados.

• El warrant, que representa un derecho creditorio equivalente al valor de los bienes depositados y una garantía prendaria sobre esos bienes.

Si la empresa depositante desea:

• Vender los bienes depositados: debe entregar ambos títulos (certificado de depósito y warrant).

• Obtener fondos líquidos: debe negociar únicamente el warrant mediante endoso a favor del acreedor que lo asista crediticiamente.

Es decir que ambos títulos funcionan en forma independiente uno de otro. La sola negociación del warrant provoca la indisponibilidad de los bienes depositados, atento a que ellos quedan en garantía del crédito obtenido.

La normativa que rige la actividad de las empresas de depósito, de la emisión de warrants y de los acreedores financieros bancarios, es: Ley N° 9643 (1914) y su decreto reglamentario.

Autoridad de aplicación: Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Comunicación B.C.R.A. "A" 2932 (09-06-99) que categoriza a los "warrants" sobre mercaderías fungibles de cotización normal y habitual en mercados locales o internacionales, como "garantías preferidas "A" siendo computables al 80% del valor de mercado de bienes.

Obligaciones Negociables

Las PyMEs registradas en la Comisión Nacional de Valores pueden obtener financiamiento de corto, mediano y largo plazo a través de la emisión de títulos valores de deuda.

Las obligaciones negociables son títulos de deuda, por lo tanto la PyME obtiene un préstamo de dinero (con pluralidad de prestamistas) a restituir lo que se traduce en su pasivo.

Las obligaciones negociables son:

• Títulos emitidos en serie, representativos de un préstamo, con o sin garantía.

• Otorgan un derecho de renta a su tenedor (inversor).

• Pueden ser convertidos en acciones.

A su vez, las obligaciones negociables pueden ser:

• Con garantía común (el patrimonio del emisor).

• Con garantía especial (hipoteca).

• Con garantía flotante (derechos y bienes, presentes y futuros).

A través de las obligaciones negociables, las PyMEs cuentan con otra alternativa de acceso al crédito, sin la intermediación de las entidades financieras, pudiendo lograr un costo menor de financiación.

Régimen legal aplicable: Ley N° 23.576, modificada por la Ley N° 23.962.

5. DIFERENTES SERVICIOS O LINEAS DE APOYO FINANCIERO A PYMES OTORGADAS POR INSTITUCIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS

A. BANCO DE LA NACION ARGENTINA

• Autori zación para girar en descubierto en cuenta corriente.

• Descuento de facturas de crédito y cheques de pago diferido.

• Pre-financiación de exportaciones.

• Financiación de exportaciones.

• Financiación de importaciones.

• Créditos a empresas para capital de trabajo e inversiones.

• Créditos para la participación en ferias, exposiciones o salones internacionales.

• Factoring.

• Financiamiento inversiones productivas.

• Leasing.

• FOMICRO, programa conjunto con CEPYME.

Consultas: www.bna.com.ar.

B. BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

• Autorización para girar en descubierto en cuenta corriente.

• Precalificación crediticia con garantía hipotecaria en pesos.

• Negociación de cheques de terceros al día (remesas) y descuento de cheques de terceros de pago diferido.

• Créditos para Capital de trabajo.

• Créditos para Capital de trabajo en moneda extranjera.

• Financiación de inversiones en pesos.

• Financiación de inversiones en moneda extranjera para empresas exportadoras.

• Descuento de cupon es de tarjeta pactar

• Préstamos para firmas que participen en ferias, exposiciones y/o misiones comerciales dentro o fuera del país.

• Préstamos para la certificación de normas de calidad.

• Adelanto sobre certificados de obras públicas.

• Préstamos para capital de trabajo (destinado a todos los sectores de la actividad económica).

• Sistema de adjudicación anticipada.

• Leasing.

• Préstamos destinados a la protección del medio ambiente para PyMEs.

• Financiamiento de actividades de promoción comercial para el desarrollo de mercados externos.

• Las PyMEs y el mercado de capitales.

• Financiación de exportaciones (tradicional-compra sin recurso).

• Financiación de exportaciones (originadas en cobranzas simples).

• Crédito Documentario de Importación (CDI) y/o aval de letras.

•Financiación de importaciones.

• FUERZA PYME, programa conjunto con el Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires.

Consultas: www.bapro.com.ar.

C. BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

• Descuento de cheques de pago diferido/Adelanto en cuenta corriente especial: con cesión de facturas y/o certificados del sector público o privado.

• Adelantos en cuenta corriente.

• Préstamos amortizables para Capital de Trabajo.

• Préstamos amortizables para capital de trabajo con subsidio de tasa de SEPyME.

• Préstamos Amortizables para Micro y Pequeñas Empresas.

• Préstamos para adquisición de Bienes de Capital.

• Préstamos para adquisición de Bienes de Capital con subsidio de tasa de SEPyME.

• Préstamos para adquisición de máquinas seguras.

• Préstamo Hipotecario PyME.

• Préstamo con Aval de Garantizar SGR.

• Prefinanciación y Financiación de Exportaciones.

• Préstamos para reconversión tecnoindustrial de procedimientos y adecuación e implementación de normas ISO.

• Préstamos para la Construcción de Edifici • os de Viviendas.

Consultas: www.bancociudad.com.ar.

D. BANCO CREDICOOP ARGENTINA

• Préstamos de Evolución.

• Adelantos en cuenta corriente.

• Descuento de cheques de Pago Diferido.

• Capital de Trabajo.

• Capital de Trabajo a Tasa Fija.

• Préstamos con prenda de títulos públicos.

• Participación en Ferias Nacionales e Internacionales y viajes de negocios.

• Préstamos de Inversión.

• Adquisición de Bienes de Uso.

• Implementación de Sistemas de Calidad.

• Apoyo a la actividad Hotelera y Gastronómica.

• Sociedades de Garantía Recíprocas (SGR).

• Leasing.

• Subsidio de Tasas y Programas Especiales.

• Programa de estímulo al crecimiento —PEC—.

• Proyectos de Inversión Regionales.

• Adquisición de Bienes de Capital.

• Proyectos de Inversión de la Actividad Turística.

• Proyectos de Inversión de la Industria de la Madera.

• Préstamos para Capital de Trabajo de la Industria del Libro.

• Préstamos para Soluciones Informáticas.

• Programa de Reubicación de Empresas PyMEs en Parques o Areas Industriales (Ministerio de Economía Provincia de Santa Fe).

• Programa Ganadero de la Provincia de Santa Fe.

• Programa de Desarrollo Cooperativo (Créditos a tasas subsidiadas por el Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires).

• Apoyo Financiero para Cooperativas y Mutuales de la Provincia de Mendoza.

Consultas: www.bancocredicoop.coop

E. BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE)

• Programa de estímulo para PyMEs.

•Crédito a la Inversión.

• Prefinanciación de exportaciones.

• Programa Estímulo PyMEs.

• Post-financiación de exportaciones.

• Inversión.

Consultas: www.bice.com.ar.

F. BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES (BCBA)

La Bolsa de Comercio de Buenos Aires incorporó a sus normas un régimen especial simplificado para pequeñas y medianas empresas y creó el Departamento PyMEs con la misión de asesorar a estas empresas sin costo, aconsejarlas sobre la mejor ingeniería financiera para sus proyectos y difundir entre ellas las diferentes posibilidades de financiación y nuevos instrumentos que tienen a disposición a través del mercado de capitales.

Las alternativas de financiación disponibles para PyMEs en la BCBA incluyen: 1) la negociación de cheques de pago diferido, 2) la emisión de obligaciones negociables, 3) la conformación de un fideicomiso financiero y 4) la apertura del capital social al público inversor.

1) Los cheques de pago diferido se pueden negociar en la Bolsa y permiten al beneficiario hacerse de los fondos en forma económica y ágil. Existen dos mecanismos:

i. dentro del sistema patrocinado, con previa autorización de la BCBA, la PyME puede emitir cheques de pago diferido negociables en el mercado de capitales. Los beneficiarios de estos cheques pueden hacerlos líquidos al menor costo y con la mayor agilidad, de allí que constituyan una excelente herramienta de financiación de capital de trabajo. Los beneficios de este mecanismo incluyen bajo costo de ingreso y carga administrativa, mejor calidad de pago en cuanto a condiciones y plazos y liberación de las líneas de crédito bancarias.

ii. dentro del sistema avalado, las PyMEs o personas físicas pueden negociar cheques de sus clientes o propios, a través de una sociedad de garantía recíproca (SGR). La SGR autorizada por la BCBA puede cotizar los cheques que tengan como beneficiarios a sus socios PyMEs y garantizar el pago mediante un aval. Los beneficios de este mecanismo incluyen el acceso a mejores tasas, la anonimidad del beneficiario y del emisor del cheque (ya que la que cotiza en Bolsa es la SGR), la unificación de tasas y comisiones para todos los clientes de la PyME y la recepción de cheques endosables.

2) Las obligaciones negociables (ON) son bonos privados que representan valores de deuda de la sociedad anónima y/o cooperativa que las emite. Entre el emisor de la obligación negociable (en este caso, la PyME) y el inversor existe una relación que no se diferencia de la de un préstamo. Las obligaciones negociables pueden ser colocadas entre el público inversor mediante su cotización y negociación en la Bolsa.

Esto último permite conseguir una tasa de interés más baja que cualquier otro contrato de préstamo que pueda ofrecerse en el mercado financiero. Las PyMEs cuentan en la Bolsa con un régimen simplificado de ON PyMEs que implica menor carga administrativa y restricciones en cuanto a monto, plazo y tipo de inversores.

3) El fideicomiso financiero es una herramienta financiera mediante la cual las PyMEs, en forma individual o conjunta, pueden obtener fondos, separando determinados activos (reales o financieros) de su patrimonio y cediéndolos a un administrador en propiedad fiduciaria. El administrador interviene para que los activos cedidos sean transformados en activos financieros líquidos y se puedan negociar en el mercado bursátil.

De esta manera, los bienes fideicomitidos quedan exentos de la acción de acreedores, el inversor no se perjudica ante eventuales inconvenientes y la PyME y su balance quedan fuera del instrumento por lo cual, aún teniendo dificultades, la empresa con buenos negocios proyectados puede ingresar al sistema. Además, los costos para grupos de empresas son bajos.

4) Al momento de la constitución de una sociedad, los socios realizan aportes para conformar el capital social; que, en el caso de las sociedades anónimas, se representa en acciones. Mediante su cotización en la Bolsa, estas acciones se colocan entre el público inversor, que en vez de pasar a ser acreedor de la sociedad (como en todas las alternativas anteriores) se convierte en nuevo socio. Su participación en la empresa se corresponde con la proporción de capital por la que suscribe (es decir, compra acciones).

Este mecanismo se denomina apertura del capital de una empresa. Puede realizarse mediante la venta de las acciones propias de los accionistas de la sociedad, y/o el aumento de capital social, con la emisión de nuevas acciones por parte de la sociedad. En la Bolsa, las PyMEs cuentan con un régimen simplificado de presentación de información y pueden obtener recursos financieros a menor costo a través de la incorporación de socios (y no de adquisición de deuda), capitalizarse y optimizar su estructura financiera. Además, este mecanismo permite la valoración objetiva de la empresa y facilita la resolución de situaciones familiares.

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