ACU-3285

(Antes Ley 26754)

DÍA DEL LECTOR

Sanción: 27/06/2012

Publicación: B.O. 03/08/2012

Actualización: 31/03/2013

Rama: Administrativo-ACU


ARTICULO 1º - Instituir el día 24 de agosto de cada año como "Día del Lector", en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.

ARTICULO 2º - Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal.

ARTICULO 3º - Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.

 

LEY ACU-3285

(Antes Ley 26754)

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo

Fuente

1º a 3

Art. 1º  a 3 Texto original

 

Artículo suprimido:

Artículo 4º de forma